Faro Gijón

FARO GIJÓN - Formación y Apoyo para la Recualificación Ocupacional<br />
FARO GIJÓN - Formación y Apoyo para la Recualificación Ocupacional<br />

Formación y Apoyo para la Recualificación Ocupacional

Proyecto enmarcado dentro de la convocatoria de carácter plurianual 2024-2025 de subvenciones para de proyectos de inclusión sociolaboral y actuaciones de dinamización de la actividad económica, que se encuadra en el actual acuerdo de concertación denominado Gijón Futuro 2024 – 2027, firmado por el Ayuntamiento de Gijón y los principales agentes socioeconómicos de la ciudad.

Objetivo

Realizar un itinerario personalizado de orientación que identifique el perfil profesional y personal de cada participante, llevando a cabo acciones formativas orientadas a capacitar a cada persona a una inserción laboral, adecuada.

El programa ofrece dos itinerarios formativos diferenciados:

 

Ocio y tiempo libre infantil y juvenil

Este itinerario proporciona la formación necesaria para obtener el certificado de profesionalidad en dinamización de actividades de ocio y tiempo libre infantil y juvenil., una calificación

Con esta formación, los participantes podrán acceder a oportunidades laborales en un sector en expansión, ligado tanto al ámbito educativo como al turístico y recreativo, reforzando su empleabilidad en un área con creciente demanda de profesionales cualificados.

 

Atención nocturna al ciudadano

Este itinerario forma a los participantes para trabajar como serenos, desempeñando tareas de asistencia y atención al ciudadano en horario nocturno, un servicio que combina atención a las personas y a la ciudad.

Aquellos que finalicen con éxito el programa tendrán acceso directo a la bolsade empleo de la empresa.

Requisitos:

  • Empadronamiento en Gijón desde el 18 julio de 2024
  • Desempleados, inscritos en las oficinas de empleo

Número de participantes: 25 al menos 16 de ellas a alguno de los colectivos prioritarios indicados, a continuación

Compromiso de inserción:  60%

    Colectivos prioritarios:

    • Menores de 30 años que no hayan accedido a un empleo con anterioridad por un tiempo superior a 180 días, debiendo aportar el informe de vida laboral de de la T.G.S.S. actualizado.
    • Víctimas de violencia de género e hijos/as de las mismas menores de 26 años de edad o con discapacidad. Situación que ha de acreditarse mediante orden de protección a favor de la víctima, resolución judicial, auto o sentencia que acredite tal situación o fije medidas de protección y excepcionalmente, mediante informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la 8 demandante es víctima de violencia de género, hasta tanto se dicte la orden de protección o Informe emitido por el Centro Asesor de la Mujer del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.
    • Víctimas de trata con fines de explotación sexual o prostitución, o hijos/as de las mismas, que deberá acreditarse mediante el informe emitido por el Centro Asesor de la Mujer del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.
    • Personas con discapacidad reconocida igual o superior al 66% acreditada mediante resolución oficial vigente de dicha discapacidad y de su grado.
    • Personas mayores de 45 años, lo que se acredita mediante documento de identidad (o autorización a la consulta de oficio).
    • Personas pertenecientes a familia monoparental, que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 3 del Decreto 19/2023, de 10 de marzo, por el que se regula el reconocimiento de la condición de familia monoparental en el Principado de Asturias, acreditado mediante certificado de empadronamiento y en el caso de hijos o hijas a cargo que perciban ingresos, acreditación de dependencia económica en los términos establecido en el precitado Decreto.
    • Los/as perceptores/as de salario social básico, renta de emergencia, renta activa de inserción o subsidio por desempleo u otra prestación de similar naturaleza. Esta situación se acreditará a través de la resolución de concesión de las mismas y documentación que refleje la última transferencia bancaria en la que se identifique el concepto por el que se ingresa la cuantía. En defecto de resolución de concesión, certificado expedido por la entidad concedente, en el que quede suficientemente claro que, la persona es beneficiaria de la prestación/pensión.
    • Jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años que procedan de instituciones de protección de menores acreditable mediante informe del centro de alojamiento u otro emitido por los Servicios Sociales que constate tal circunstancia. Así como jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 años que procedan de la Escuela de Segunda Oportunidad del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, acreditable mediante informe de la Agencia Local de Promoción Económica y Empleo.
    • Personas con problemas de drogadicción o alcoholismo en proceso de rehabilitación o reinserción social. Se acreditará con el informe médico correspondiente o el expedido por organismo oficial que certifique dicha situación.
    • Personas con problemas de salud mental en proceso de rehabilitación o reinserción social. Se acreditará con el informe médico correspondiente o el expedido por organismo oficial que certifique dicha situación.
    • Personas internas en centros penitenciarios con posibilidad de acceso al empleo, liberadas condicionales y ex-reclusas. Situación acreditable con el correspondiente informe de la Administración penitenciaria o en todo caso cualquier otra documentación acreditativa suficiente de encontrase en alguna de estas situaciones.
    • Personas en situación de desempleo ininterrumpido durante los doce meses anteriores a la fecha de publicación de la referida convocatoria (admitiendo quienes no hayan trabajado más de 30 días, consecutivos o alternos, en dicho periodo) para el primer plazo de la convocatoria, y doce meses anteriores al 1 de julio de 2025 para el segundo plazo de la convocatoria. Se acreditará con el informe de vida laboral actualizado expedido por la T.G.S.S. o autorización para la consulta de oficio.
    • Otros colectivos. Personas con titulación correspondiente a ciclos de grado medio o superior deformación profesional, título universitario de grado, titulación media o licenciatura, o con un certificado de profesionalidad, que habiendo finalizado los estudios correspondientes a dichas titulaciones o certificaciones en un plazo como mínimo de 5 años anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria no hubiesen trabajado en ocupaciones correspondientes a su formación y categoría durante un periodo superior 365 días.

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